Seguros de Concesiones Viales vs. Pólizas Privadas: Priorización de Recursos y Auditoría de Siniestros

En el sistema de infraestructura vial peruano, las carreteras concesionadas (como Rutas de Lima, Norvial, Lamsac o Deviandes) no solo tienen la responsabilidad del mantenimiento de la vía, sino obligaciones contractuales estrictas de auxilio y cobertura ante siniestros. Sin embargo, existe una zona gris operativa donde el usuario, por desconocimiento o lentitud de la concesionaria, termina activando prematuramente su póliza de seguro privada, afectando su siniestralidad y asumiendo deducibles innecesarios.

El concesionario responde cuando el accidente está relacionado con una falla en la vía o en su operación.

La gestión estratégica de un siniestro en vías concesionadas exige una Auditoría de Recursos Existentes para determinar quién debe responder primero de acuerdo con el marco legal vigente.

“No todo accidente en carretera concesionada es responsabilidad del concesionario. La clave está en probar la falla de la vía, no el accidente.”

El Derecho del Usuario en Contratos de Concesión

Las concesionarias viales operan bajo contratos suscritos con el Estado Peruano, supervisados por OSITRAN. Estos contratos establecen la obligatoriedad de prestar servicios de auxilio mecánico, ambulancia y, en casos específicos, coberturas de responsabilidad civil por fallas en la infraestructura (presencia de objetos en la vía, falta de señalización o mal estado del pavimento).

El Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial y las directivas de INDECOPI sobre transparencia protegen el derecho del usuario a recibir estas prestaciones de manera prioritaria. No obstante, la operatividad de las concesionarias suele ser insuficiente, lo que deriva en una transferencia indebida del costo del siniestro hacia la póliza particular del asegurado.

Gestión de Recursos: ¿Quién debe asumir el gasto?

Un error común en la realidad peruana es solicitar la grúa o el auxilio de la compañía de seguros privada sin antes haber agotado la respuesta de la concesionaria. Desde una perspectiva de Gestión de Siniestros, es fundamental establecer un orden de prelación:

  1. Activación del Seguro de la Concesión: Antes de afectar la póliza privada, se debe verificar si el evento fue causado por una deficiencia en la vía. Si es así, la concesionaria debe mantener indemne al usuario.
  2. Auditoría de Cumplimiento: Es necesario fiscalizar que los tiempos de respuesta y la calidad del auxilio de la carretera se ajusten a los niveles de servicio (ANS) estipulados en su contrato de concesión.
  3. Activación de la Póliza Privada: Esta debe funcionar como un respaldo de segunda capa, activándose únicamente cuando el recurso de la concesionaria sea legalmente inaplicable o técnicamente insuficiente.

La Importancia de la Validación Técnica en Vía

La presencia de un asesor técnico en carreteras concesionadas permite perennizar evidencias que demuestren la responsabilidad del administrador de la vía. Sin una fijación adecuada de la escena (fotos de baches, falta de mallas protectoras o ausencia de señalización preventiva), la concesionaria eludirá su responsabilidad, forzando al asegurado a utilizar su propio seguro y pagar el deducible correspondiente.

La normativa de la SBS permite que, en casos de responsabilidad de terceros (en este caso, la concesionaria), la aseguradora privada pueda subrogarse en los derechos del asegurado, pero una gestión in situ evita que el siniestro siquiera llegue a computarse en el historial del conductor si se logra la atención directa del seguro de la vía.

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En Vía Soluciones, nuestra especialidad radica en la Auditoría y Gestión de Recursos Existentes. No permitimos que nuestros clientes asuman costos que legalmente corresponden a las concesionarias viales. Actuamos como un organismo de control técnico en el lugar del accidente, exigiendo el cumplimiento de los contratos de concesión antes de impactar su póliza privada.

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