El Protocolo de «Exoneración de Denuncia»: Seguridad Jurídica y Criterios de la SBS
En la gestión de siniestros vehiculares en el Perú, existe una percepción errónea sobre la facultad del asegurado para retirarse de la escena de un accidente sin la debida intervención policial. Si bien las compañías de seguros contemplan protocolos de exoneración de denuncia, omitir este paso de manera arbitraria constituye un riesgo legal crítico que puede derivar en la pérdida automática de la cobertura y en presunciones de culpabilidad ante las autoridades.
Para que una exoneración sea técnica y legalmente viable, debe fundamentarse en una validación rigurosa de los daños y la ausencia de lesiones, conforme al marco normativo de la SBS y el Reglamento Nacional de Tránsito (RNT).
El Riesgo Legal del Abandono y la Presunción de Culpa
La base de toda actuación ante un siniestro se encuentra en el Artículo 274 del RNT, el cual establece la obligación de los participantes de solicitar la intervención policial inmediata. El aspecto más gravoso para el asegurado es la presunción de culpabilidad que la ley asigna a quienes abandonan el lugar del accidente sin dicha diligencia.
En consecuencia, una «exoneración» técnica otorgada por la aseguradora no anula la responsabilidad administrativa o civil frente a terceros si el asegurado se retira sin una validación formal. La presencia de un asesor técnico en el sitio es imperativa para certificar que el retiro no sea interpretado legalmente como una fuga o una omisión dolosa.
Criterios de Procedencia para el Desistimiento Policial
De acuerdo con el Manual de Normas y Procedimientos de la PNP, el desistimiento de la intervención policial es legalmente factible solo bajo condiciones estrictas que el asesor técnico debe verificar in situ:
- Exclusividad de Daños Materiales: La existencia de lesiones, por mínimas que sean, traslada la competencia al ámbito fiscal, invalidando cualquier exoneración
- Vigencia Documentaria: Ambos conductores deben contar con Licencia de Conducir y Revisión Técnica vigentes.
- Ausencia de Ilícitos: No debe existir presunción de estado de ebriedad ni la comisión de delitos conexos.
La validación del asesor en el lugar del siniestro garantiza que el monto de los daños y la naturaleza del evento encuadren en los protocolos de la aseguradora, evitando que el asegurado infrinja normas de orden público.

Límites a las Exigencias Desproporcionadas de la Aseguradora
El marco regulatorio de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP protege al asegurado contra prácticas que utilicen la denuncia policial como una traba injustificada para el pago de indemnizaciones. Dicha norma cataloga como cláusulas abusivas aquellas que establecen requisitos desproporcionados para acceder a las prestaciones de la póliza.
Si la aseguradora, a través de su protocolo interno y la validación de su asesor, determina que la denuncia puede exonerarse por el bajo monto de los daños, no puede posteriormente exigir dicho documento como un requisito sorpresa para denegar la cobertura. La transparencia informativa exigida por la SBS y las directivas de INDECOPI aseguran que el protocolo de exoneración sea una herramienta de agilización y no un mecanismo de rechazo.
Garantice su Cobertura
La decisión de prescindir de una denuncia policial requiere un análisis técnico legal que no admite improvisaciones. En Vía Soluciones, nuestros especialistas validan en tiempo real la viabilidad de la exoneración, asegurando que se cumplan los protocolos de la aseguradora sin vulnerar el RNT ni las normativas de la SBS.
Proporcionamos la seguridad jurídica necesaria para que la cobertura del siniestro sea transparente, técnica y libre de contingencias legales posteriores.

