Coberturas obligatorias de SOAT, AFOCAT, SCTR y Vida Ley

Reto que enfrentas

En el Perú, los accidentes de tránsito y los accidentes laborales se encuentran cubiertos por seguros obligatorios de carácter social y protector. No obstante, en la práctica, conductores, víctimas, familiares e incluso empleadores no logran diferenciar con claridad los alcances, límites, activación y complementariedad de las coberturas SOAT, AFOCAT, SCTR y Vida Ley.

Este desconocimiento genera:

  • Retrasos en la atención médica.
  • Vulneración de derechos del lesionado o deudos.
  • Dependencia excesiva de la víctima a decisiones administrativas y médicas.
  • Tratamiento inadecuado de enfermedades profesionales.
  • Aumento de invalidez parcial de lesionados.
  • Incremento de la pobreza del peruano vulnerable.

Diferenciación técnica de coberturas obligatorias

1. SOAT y AFOCAT

Accidentes de tránsito – Cobertura de carácter público

  • Aplican exclusivamente a accidentes de tránsito, abierto al transporte público, independientemente de la responsabilidad.
  • Brindan cobertura inmediata y automática a:
    1. Conductor
    2. Ocupantes
    3. Terceros afectados, no ocupante de vehículo motorizado
  • Cubren:
    1. Gastos médicos
    2. Incapacidad temporal
    3. Invalidez permanente
    4. Invalidez parcial
    5. Fallecimiento
    6. Gastos de sepelio

2. SCTR

Accidentes laborales – Cobertura obligatoria de naturaleza laboral

  • Aplica a trabajadores expuestos a actividades de alto riesgo, conforme al listado legal.
  • Se activa ante:
    1. Accidentes de trabajo
    2. Enfermedades ocupacionales
  • Brinda cobertura de:
    1. Atención médica
    2. Rehabilitación
    3. Pensiones por invalidez
    4. Pensiones de sobrevivencia

3. VIDA LEY

Protección económica ante fallecimiento o invalidez laboral

  • Seguro obligatorio para trabajadores del régimen laboral privado.
  • Cubre:
    1. Fallecimiento por causa natural
    2. Fallecimiento accidental
    3. Invalidez total y permanente
  • Beneficia directamente a los beneficiarios del trabajador.
  • Opera como una cobertura indemnizatoria, no asistencial.

Nuestra Gestión especializada

01

Línea directa especializada en seguros 24/7

  • Atención telefónica permanente en seguros obligatorios.
  • Orientación inmediata ante accidentes de tránsito o laborales, así como enfermedades ocupacionales.
  • Activación oportuna de coberturas conforme a ley.

02

Capacitación especializada y segmentada

Programas didácticos diferenciados:

  • Proveedores de servicios
  • Conductores
  • Trabajadores
  • Sindicatos
  • Empleadores
  • Beneficiarios

03

Sensibilización y prevención permanente

  • Difusión continua y masiva de información clara y técnica sobre seguros obligatorios.
  • Enfoque pro víctima de derechos asistenciales por lesiones y enfermedades ocupacionales
  • Resolver problemática del reporte de siniestro a aseguradora.

Tu respaldo y tranquilidad

Las coberturas por accidentes de tránsito y laboral debe ser administrada por agentes especializados y autorizados por la SBS para obtener el 100 % de derechos conferidos por ley

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