Coberturas obligatorias de SOAT, AFOCAT, SCTR y Vida Ley

Reto que enfrentas

En el Perú, los accidentes de trÔnsito y los accidentes laborales se encuentran cubiertos por seguros obligatorios de carÔcter social y protector. No obstante, en la prÔctica, conductores, víctimas, familiares e incluso empleadores no logran diferenciar con claridad los alcances, límites, activación y complementariedad de las coberturas SOAT, AFOCAT, SCTR y Vida Ley.

Este desconocimiento genera:

  • Retrasos en la atención mĆ©dica.
  • Vulneración de derechos del lesionado o deudos.
  • Dependencia excesiva de la vĆ­ctima a decisiones administrativas y mĆ©dicas.
  • Tratamiento inadecuado de enfermedades profesionales.
  • Aumento de invalidez parcial de lesionados.
  • Incremento de la pobreza del peruano vulnerable.

Diferenciación técnica de coberturas obligatorias

1. SOAT y AFOCAT

Accidentes de trĆ”nsito – Cobertura de carĆ”cter pĆŗblico

  • AplicanĀ exclusivamente a accidentes de trĆ”nsito, abierto al transporte pĆŗblico, independientemente de la responsabilidad.
  • Brindan coberturaĀ inmediata y automĆ”ticaĀ a:
    1. Conductor
    2. Ocupantes
    3. Terceros afectados, no ocupante de vehĆ­culo motorizado
  • Cubren:
    1. Gastos mƩdicos
    2. Incapacidad temporal
    3. Invalidez permanente
    4. Invalidez parcial
    5. Fallecimiento
    6. Gastos de sepelio

2. SCTR

Accidentes laborales – Cobertura obligatoria de naturaleza laboral

  • Aplica aĀ trabajadores expuestos a actividades de alto riesgo, conforme al listado legal.
  • Se activa ante:
    1. Accidentes de trabajo
    2. Enfermedades ocupacionales
  • Brinda cobertura de:
    1. Atención médica
    2. Rehabilitación
    3. Pensiones por invalidez
    4. Pensiones de sobrevivencia

3. VIDA LEY

Protección económica ante fallecimiento o invalidez laboral

  • Seguro obligatorio para trabajadores del rĆ©gimen laboral privado.
  • Cubre:
    1. Fallecimiento por causa natural
    2. Fallecimiento accidental
    3. Invalidez total y permanente
  • Beneficia directamente a los beneficiariosĀ del trabajador.
  • Opera como una coberturaĀ indemnizatoria, no asistencial.

Nuestra Gestión especializada

01

LĆ­nea directa especializada en seguros 24/7

  • Atención telefónica permanente enĀ seguros obligatorios.
  • Orientación inmediata ante accidentes de trĆ”nsito o laborales,Ā asĆ­ como enfermedades ocupacionales.
  • Activación oportuna de coberturas conforme a ley.

02

Capacitación especializada y segmentada

Programas didƔcticos diferenciados:

  • Proveedores de servicios
  • Conductores
  • Trabajadores
  • Sindicatos
  • Empleadores
  • Beneficiarios

03

Sensibilización y prevención permanente

  • Difusión continua y masiva de información clara y tĆ©cnica sobre seguros obligatorios.
  • Enfoque pro vĆ­ctimaĀ de derechosĀ asistenciales por lesiones y enfermedades ocupacionales
  • ResolverĀ problemĆ”tica del reporte de siniestro a aseguradora.

Tu respaldo y tranquilidad

Las coberturas por accidentes de trƔnsito y laboral debe ser administrada por agentes especializados y autorizados por la SBS para obtener el 100 % de derechos conferidos por ley

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